2022 SIN PRÓRROGA PARA LA PROHIBICIÓN DE DESPIDOS Y SUSPENSIONES
El Decreto de necesidad y urgencia N° 866/2021, publicado el 23/12/2021, introduce una importante novedad en materia de emergencia laboral.
Desde el 1° de enero de 2022, ya no regirá la prohibición de despidos y suspensiones por razones económicas. A su vez, el recargo indemnizatorio prevé un esquema de reducción progresiva: 75 % (enero y febrero de 2022), al 50% (marzo y abril de 2022) y 25% (mayo y junio de 2022) sobre la totalidad de los conceptos indemnizatorios. Sí se mantiene el tope del incremento en la suma de $ 500.000.
La norma puede verse aquí:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/255071/20211224
El pensamiento político y económico laboral tradicional se advierte agotado, perimido y acabado, complaciéndose siempre en los mismos
esquemas prehistóricos. Así se insiste, una y otra vez, cómo única fórmula de preservación del empleo, en el viejo esquema de desaliento de los despidos.
Mientras tanto carecemos de estrategias y fórmulas innovadoras para fomentar el ingreso y acceso de trabajadores al mercado del trabajo, con flexibilidad de horarios, contrataciones diferenciadas para primer empleo o mayores de 50 años, entre otros esquemas que podrían alentar la recuperación de puestos de trabajo.
Como decía Mark Twain, “un perro viejo no puede aprender trucos nuevos”. Necesitamos una urgente renovación.
Carlos Aubry