DOCTRINA LABORAL

LA LEY DE ASOCIACIONES SINDICALES ES PIONERA EN LA LUCHA CONTRA LA MISOGINIA

A Crystal Lee Sutton, por mujer y por valiente.

LA LEY DE ASOCIACIONES SINDICALES ES PIONERA EN LA LUCHA CONTRA LA MISOGINIA

          En recientes declaraciones de carácter público, el secretario general del Sindicato de Petroleros Privados, Sr. Jorge Ávila, descartó la participación de mujeres en las listas de candidatos para las próximas elecciones legislativas por “falta de capacidad técnica”. 

          Agregó, para redondear la esencia de su pensamiento que es “lógico que el candidato que nos represente sea de Comodoro Rivadavia y no que encabece la lista una mujer” y también “hoy en condiciones políticas dentro de la provincia, la capacidad de los hombres está un puntito más arriba que la de las mujeres”.

          Ante la gravedad del hecho y la firme creencia del aludido dirigente sobre la inferioridad intelectual e inhabilidad para legislar de quienes no revestimos la condición de “varones”, cabe reflexionar, en términos de derecho, sobre un aspecto innovador que en su hora presentó la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales.

          En efecto, desde hace más de 30 años, la propia ley 23.551, sancionada el 23/3/1988 fue pionera en la inclusión de normas antidiscriminatorias, al establecer en el art. 7: Las asociaciones sindicales no podrán establecer diferencias por razones ideológicas, políticas, sociales, de credo, nacionalidad, raza o sexo, debiendo abstenerse de dar un trato discriminatorio a los afiliados. Y dice el art. 8: “Las asociaciones sindicales garantizarán la efectiva democracia interna”, democracia que requiere, como condición ineludible, la igualdad de la totalidad de los trabajadores sin distinción de sexo.

          Sólo meses más tarde nace la ley 23.592 (3/8/1988) contra la discriminación, que dice en su artículo 1 °: “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.”

          Mientras que la incorporación en nuestra Constitución Nacional del texto de “Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación de la Mujer”, recién se alcanza en el año 1994.

          De modo que, aún frente a las críticas que pudieran efectuársele en otros aspectos, en la cuestión de segregación corresponde reconocer a la Ley 23.551 una visión moderna y de anticipación.

          Valga el presente para recordar a la valiente Cristal Lee Sutton, luego personificada por Sally Field en la película Norma Rae y su lucha en los años 70 el sector textil en Carolina del Norte. Ni un puntito más abajo.

 

Ley de asociaciones sindicales resumen:

«La libertad sindical será garantizada por todas las normas que se refieren a la organización y acción de las asociaciones sindicales. Las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores se regirán por esta ley. (art. 2º de la ley).»

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Me gradué en la UBA (plan viejo), después siguieron una maestría y una especialización. La profesión me regaló muchas satisfacciones, aunque también algún disgusto. Pero el derecho, amigo fiel, siempre toca a la puerta.

Hoy me acompañan en este blog colegas de larga trayectoria. A todos nos une una necesidad intelectual: la de pensar. Por eso escribimos, para pensar. Y para que vos, querido lector, te sumes a este difícil ejercicio junto a nosotros.

Te invitamos a criticarnos, a disentir, a formular tus propias opiniones, a ser original. A que superemos nuestras limitaciones. A contribuir con la noble profesión de abogado y llevarla con orgullo. Para dejar algo mejor a quienes vengan detrás.

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