TRABAJO E IMPUESTOS EN U.S.A. «BIG BEAUTIFUL ACT»: HORAS EXTRAS Y PROPINAS

       Con este artículo esperamos inaugurar una sección sobre trabajo e impuestos y relevar experiencias comparadas que podrían ser analizadas como ejemplo para nuestro medio local.

 

       En efecto, la mirada nacional en este momento donde se espera con ansias el debate legislativo de la reforma de la Ley de Contrato de Trabajo, parece concentrarse exclusivamente en los deberes y derechos que rigen las relaciones individuales o bien, en las costosas contribuciones a cargo del empleador. Pero son pocas o casi nulas las propuestas en materia tributaria en cuanto al impuesto a las ganancias que paga la mayoría de la población argentina por el simple hecho de trabajar.

 

       En Estados Unidos, en el año 2025, el Presidente Trump impulsó una resonante ley, a la que llamó “The Big Beautiful Act”. Su nombre completo es “One Big Beautiful Act”, que, como resulta de práctica en el derecho estadounidense, se resume en el acrónimo OBBA. Su sanción data del mes de julio de dicho año.

 

       En cuanto a la materia fiscal laboral, la norma estableció deducciones favorables para los trabajadores en el pago del impuesto a las ganancias en dos rubros: horas extras y propinas, con un plazo de vigencia retroactivo (comprende todo el año fiscal 2025) y extensión hasta el 31 de diciembre de 2028. La facilidad comprende a trabajadores individuales con ingresos de hasta 150.000 dólares anuales o parejas que en forma conjunta no superen los 300.000 dólares.

       Con relación a las propinas, a partir del 1° de enero de 2025, los trabajadores que “habitualmente y regularmente reciben propinas” pueden deducir hasta 25.000 USD por este rubro del total sujeto al impuesto federal.

 

       En materia de horas extras, el tope de la deducción anual es de 12.500 USD.

 

       Con respecto a la metodología, los empleadores continuarán actuando como agentes de retención y deberán reportar estos rubros con una declaración impositiva especial. Pero el trabajador accederá al beneficio al presentar su declaración anual: la OBBA incrementa la deducción permitida y, por tanto, el contribuyente recibe un reembolso de dinero.

 

       Los mayores beneficiados son trabajadores con salarios elevados y con alta composición en horas extras y propinas. Los analistas señalan entre estos grupos a policías, bomberos, trabajadores manuales y empleados de gastronomía de lujo. Para el personal de menores ingresos ya existen otras deducciones de tipo estándar que disminuyen el impacto de las nuevas exenciones.

 

       Algunos analistas señalan que la norma es menos generosa que los anuncios oficiales, en vista de que prevé un doble tope (según el salario total anual y según el rubro en cuanto al importe máximo de la exención). Advierten también que, en el caso de las horas extras, la medida se limita a las jornadas que superan las 40 horas semanales y al plus de recargo del 50% por hora suplementaria. Cualquier pago superior a esta tarifa regular del 50%, aun cuando estuviese previsto en normas estaduales o convenios colectivos, está sujeto a impuesto. Y con respecto a las propinas, el beneficio sólo alcanza a quienes “habitualmente y regularmente” recibían propinas al 31 de diciembre de 2024. De este modo, la OBBA no se aplica a trabajadores en roles que tradicionalmente no reciben propinas ni amplía esa definición, es más, solo califica las propinas exentas como aquellas “voluntarias, determinadas por el cliente y no negociadas”.

 

       Como conclusión es de señalar que la política laboral no sólo se formula desde las obligaciones internas del binomio trabajador-empleador, sino que medidas de este tipo pueden resultar útiles desde el punto de vista de promoción del empleo, alivio fiscal y resguardo de los ingresos del sector asalariado y su grupo familiar. En particular, en un medio como el nuestro, caracterizado por el agobio impositivo, la inflación y la falta de actualización de máximos de exenciones tributarias, la innovación y creatividad en otras perspectivas que no son estrictamente relacionales o tienen una exclusiva óptica empresaria, serían, de seguro, ampliamente bienvenidas.

 

DOCTRINA LABORAL

Me gradué en la UBA (plan viejo), después siguieron una maestría y una especialización. La profesión me regaló muchas satisfacciones, aunque también algún disgusto. Pero el derecho, amigo fiel, siempre toca a la puerta.

Hoy me acompañan en este blog colegas de larga trayectoria. A todos nos une una necesidad intelectual: la de pensar. Por eso escribimos, para pensar. Y para que vos, querido lector, te sumes a este difícil ejercicio junto a nosotros.

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